Lázaro Cárdenas, Michoacán, a 22 de junio de 2020.- La Fiscalía General del Estado de Michoacán (FGE), obtuvo sentencia -mediante procedimiento abreviado-de 18 años de cárcel, en contra de Rigoberto Eli C., responsable de los delitos de homicidio de una mujer y privación de la libertad en perjuicio del esposo de ésta; hechos ocurridos el 5 de abril del 2018, en el municipio de Aquila.
El día en cita, Gregorio H., salió de su domicilio para comprar gasolina en un establecimiento ubicado en el camino que conduce a Pómaro; sin embargo, ya no regresó.
Derivado de lo anterior, al presumir que su esposo había sido privado de la libertad, Luisa G. inició la búsqueda de Gregorio H., y al lograr contactar a los posibles responsables les exigió que liberaran a su esposo.
Ante ello, Rigoberto Eli C., y sus acompañantes accionaron armas de fuego en contra de la mujer, ocasionándole la muerte.
Gregorio H., fue localizado posteriormente; presentaba golpes en diferentes partes del cuerpo que le fueron ocasionados por Rigoberto Eli C., y otras personas.
Rigoberto Eli C., fue detenido por agentes de Investigación de la Fiscalía Regional de Lázaro Cárdenas, el 9 de abril del citado año, en cumplimiento a una orden de aprehensión y en su momento fue vinculado a proceso.
Una vez satisfechos los requisitos establecidos en el Código Nacional de Procedimientos Penales, el Ministerio Público solicitó la apertura del procedimiento abreviado, mediante el cual, este día el órgano jurisdiccional resolvió sentenciar a Rigoberto Eli C., a 18 años de cárcel, así como el pago por concepto de reparación de daño.
El procedimiento abreviado, es una forma de terminación anticipada del proceso, que consiste en el reconocimiento del imputado en su participación en el hecho delictivo y como consecuencia, se valora la pertinencia de reducir en un margen acotado, la sanción que se impondrá.
La FGE refrenda su compromiso de llevar ante los tribunales a toda persona que, con sus actos, atente contra la vida de las y los michoacanos.
Comunicado de Prensa (1443/2020)