- Los hechos ocurrieron el pasado mes de marzo, en la colonia Torremolinos
Morelia, Michoacán, 8 de julio de 2020.- La Fiscalía General del Estado de Michoacán (FGE), logró, mediante acuerdo reparatirio, el pago por concepto de reparación del daño a favor de una empresa refresquera, por el delito de robo de uso.
El pasado 18 de marzo, alrededor de las 10:30 horas, el chofer de una empresa refresquera que se encontraba repartiendo producto, se trasladaba a bordo de una unidad sobre la avenida Periodismo, a la altura de la colonia Torremolinos, momento en el que fue interceptado por Luis Rosendo L., quien lo desapoderó del vehículo.
Derivado de estos hechos y tras dar aviso a las autoridades, elementos policiales se apersonaron en el sitio, logrando asegurar al investigado, quien más tarde fue puesto a disposición del Ministerio Público de la Fiscalía Especializada en Atención a Delitos de Alto Impacto, que, a través de la Unidad Contra el Robo al Transporte, integró la Carpeta de Investigación.
En su momento, Luis Rosendo R., fue presentado ante el órgano jurisdiccional que lo vinculó a proceso; hoy, en apego a las disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales, mediante acuerdo reparatorio, se logró el pago por concepto de reparación del daño en favor de la víctima.
El Artículo 186 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), establece que los acuerdos reparatorios son aquellos celebrados entre la víctima u ofendido y el imputado que, una vez aprobados por el Ministerio Público o el Juez de Control, y cumplidos en sus términos, tienen como efecto la extinción de la acción penal.
En el caso de que se haya dictado el auto de vinculación a proceso y hasta antes de que se haya dictado el auto de apertura a juicio, el Juez de Control, a petición de las partes, podrá suspender el proceso penal hasta por 30 días para que las partes puedan concretar el acuerdo con el apoyo de la autoridad competente especializada en la materia.
El pasado 18 de marzo, alrededor de las 10:30 horas, el chofer de una empresa refresquera que se encontraba repartiendo producto, se trasladaba a bordo de una unidad sobre la avenida Periodismo, a la altura de la colonia Torremolinos, momento en el que fue interceptado por Luis Rosendo L., quien lo desapoderó del vehículo.
Derivado de estos hechos y tras dar aviso a las autoridades, elementos policiales se apersonaron en el sitio, logrando asegurar al investigado, quien más tarde fue puesto a disposición del Ministerio Público de la Fiscalía Especializada en Atención a Delitos de Alto Impacto, que, a través de la Unidad Contra el Robo al Transporte, integró la Carpeta de Investigación.
En su momento, Luis Rosendo R., fue presentado ante el órgano jurisdiccional que lo vinculó a proceso; hoy, en apego a las disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales, mediante acuerdo reparatorio, se logró el pago por concepto de reparación del daño en favor de la víctima.
El Artículo 186 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), establece que los acuerdos reparatorios son aquellos celebrados entre la víctima u ofendido y el imputado que, una vez aprobados por el Ministerio Público o el Juez de Control, y cumplidos en sus términos, tienen como efecto la extinción de la acción penal.
En el caso de que se haya dictado el auto de vinculación a proceso y hasta antes de que se haya dictado el auto de apertura a juicio, el Juez de Control, a petición de las partes, podrá suspender el proceso penal hasta por 30 días para que las partes puedan concretar el acuerdo con el apoyo de la autoridad competente especializada en la materia.
Comunicado de Prensa (1576/2020)