1375/2022|Obtiene FGE, sentencia condenatoria de casi 16 años de cárcel contra responsable de Trata de Personas en agravio de una adolescente






  • Se logró establecer su responsabilidad en dicho delito, en su modalidad de prostitución ajena, cliente explotador y narcomenudeo
 
  • La víctima fue enganchada en una fiesta e invitada a trabajar a una agencia de modelos
 
Morelia, Michoacán, a 22 de junio de 2022.- La Fiscalía General del Estado de Michoacán (FGE) a través de la Fiscalía Especializada en Materia de Derechos Humanos y Libertad de Expresión, obtuvo mediante procedimiento abreviado, sentencia condenatoria de 15 años y 10 meses de prisión en contra de Juan José N., por su responsabilidad en el delito de Trata de Personas en su modalidad de prostitución ajena, cliente explotador y narcomenudeo, en agravio de una adolescente, en Morelia.

De acuerdo a los datos que constan en la Carpeta de Investigación, en enero del 2021, el detenido, quien se desempeñaba como policía estatal, conoció a la víctima en una fiesta y en complicidad con otra persona, la invitó a trabajar a una agencia de modelos y edecanes, prometiéndole que ganaría mucho dinero.

Estando en dicha agencia, la adolescente, en ese entonces de 16 años de edad, fue trasladada a diversos sitios donde era prostituida y drogada, actos que continuaron hasta el mes de marzo del mismo año.

De estos hechos tuvo conocimiento el agente del Ministerio Público de la Unidad de Investigación de Delitos de Trata de Personas de dicha Fiscalía Especializada, que dio inicio a las actuaciones, las cuales permitieron establecer la identidad y posible relación de Juan José V., quien fue detenido con base a una orden de aprehensión obsequiada por un Juez de Control, quien posteriormente resolvió vincularlo a proceso.

Una vez satisfechos los requisitos establecidos en el Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), el Ministerio Público solicitó la apertura del procedimiento abreviado, mediante el cual el órgano jurisdiccional resolvió sentenciarlo a 15 años y 10 meses de prisión y al pago por concepto de reparación del daño por su responsabilidad en estos delitos. 

El procedimiento abreviado es una forma de terminación anticipada al proceso, que consiste en el reconocimiento del imputado en su participación en el hecho delictivo y como consecuencia, se valora pertinencia de reducir en un margen acotado, la sanción que se impondrá.

La FGE refrenda su compromiso de investigar y detener a toda persona que atente contra la dignidad humana e integridad de los niños, niñas y adolescentes en Michoacán.
 
 
Comunicado de Prensa (1375/2022)
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