- En suspensión condicional a proceso, un Juez de Control emitió condiciones contra cinco hombres que fueron detenidos cuando derribaban árboles en San Andrés Coru
Morelia, Michoacán, a 14 de julio de 2024.- En audiencia intermedia, un Juez de Control y Oralidad concedió la suspensión condicional de proceso a Roberto “N”, José “N”, Secundino “N”, Francisco “N” y Efraín “N”, vinculados a proceso por delitos contra el ambiente; el hecho ocurrió el 6 de junio de 2023, cuando fueron detenidos realizando actividades de tala, en la localidad de San Andrés Coru, municipio de Ziracuaretiro.
El día en referencia, Roberto “N”, José “N”, Secundino “N”, Francisco “N” y Efraín “N”, fueron detenidos por elementos de la Fiscalía Especializada en Combate a Delitos Contra el Ambiente y la Fauna, en un predio de vocación forestal ubicado en la localidad de San Andrés Coru, cuando derribaban diversos árboles, sin contar con los permisos correspondientes.
Una vez que el órgano jurisdiccional resolvió que era viable que los imputados accedieran a esta salida alterna que establece el Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), les impuso las siguientes condiciones que deberán cumplir durante los próximos tres años; la reforestación de 475 árboles del género pino y 475 árboles de género encino, en un predio ubicado en el municipio de Uruapan.
De acuerdo con CNPP, la suspensión condicional del proceso, es el planteamiento formulado por el Ministerio Público o el imputado, en el cual este se somete a una o varias condiciones. En caso de incumplimiento, el Ministerio Público solicitará la revocación para continuar con el procedimiento.
El día en referencia, Roberto “N”, José “N”, Secundino “N”, Francisco “N” y Efraín “N”, fueron detenidos por elementos de la Fiscalía Especializada en Combate a Delitos Contra el Ambiente y la Fauna, en un predio de vocación forestal ubicado en la localidad de San Andrés Coru, cuando derribaban diversos árboles, sin contar con los permisos correspondientes.
Una vez que el órgano jurisdiccional resolvió que era viable que los imputados accedieran a esta salida alterna que establece el Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), les impuso las siguientes condiciones que deberán cumplir durante los próximos tres años; la reforestación de 475 árboles del género pino y 475 árboles de género encino, en un predio ubicado en el municipio de Uruapan.
De acuerdo con CNPP, la suspensión condicional del proceso, es el planteamiento formulado por el Ministerio Público o el imputado, en el cual este se somete a una o varias condiciones. En caso de incumplimiento, el Ministerio Público solicitará la revocación para continuar con el procedimiento.
Comunicado de Prensa (1634/2024)